Servicios públicos o privados y viceversa

El servicio es un conjunto de acciones destinadas a favorecer el abastecimiento de conocimientos, a través de la experiencia, personal o de terceros, basados en una afición y/o oficio, con el fin de mejorar la calidad de vida de uno o varios individuos. Dichos servicios pueden ser de tipo personal (privado) o colectivo (público), según el contexto y los intereses.

El servicio o dedicación al prójimo es uno de los estados de ser, por naturaleza, de las especies. Especialmente de los seres humanos, sociables por naturaleza y, a la vez, inquietos emocionalmente. Ser servicial es mucho más que trabajar en sí, aunque haciendo honor al dicho popular de “trabajar dignifica al hombre” es así, sin más dilación. Porque, aparte de reconfortar hacer cosas por los demás, especialmente si se trata de hacerlas sin esperar nada a cambio, sea lo que sea, porque nos apetece hacerlas. Durante el acto servicial se desarrollan una serie de habilidades naturales, empezando por el esfuerzo de meditación que implica poner en práctica la organización por parte del cerebro y seguidamente de los músculos implicados en realizar la respectiva tarea. El resultado adquirido es ser imprescindible para la respectiva tarea, es la obtención de la experiencia, permaneciendo en el recuerdo en base al conocimiento y la satisfacción de haber resultado de utilidad, especialmente si se trata de un esfuerzo colectivo, aunque los esfuerzos individuales tienen la ventaja que permiten concentrarse más en la tarea y obtener mejores resultados, dependiendo la manera preferente de actuar de cada individuo. En definitiva, ambas características tienen sus pros y contras.

Una de las polémicas que más controversia ha levantado en los últimos tiempos, es el tema de los servicios y la reivindicación pública, por encima de los intereses privados o egoístas, para obtener mayor calidad de vida con la menor mano de obra posible. Algo bastante redundante. Ya que, al margen de los intereses individuales (privados), existen procedimientos colectivos (públicos) para llevar a cabo la convivencia social en base a colaboraciones, independientemente cual sea el servicio o tarea a desarrollar.

Ahondando un poco y de manera concreta en la historia de los servicios en España, diríamos que fueron los Municipios las primeras Administraciones Públicas que experimentaron la necesidad de asumir como propias (entiéndase, como una competencia local) ciertas necesidades que sus respectivos habitantes demandaban como esenciales o de primera necesidad, como la luz, el agua, el transporte urbano, etc. Servicios que, hasta mediados del siglo XIX, eran considerados como actividades netamente privadas y que la transformación social y económica derivada de la Revolución industrial convirtió en públicas. Seguidamente, de la esfera pública local darían luego el salto, a mediados del siglo XX, a la esfera pública nacional.

Uno de los servicios públicos considerados paradigmáticos: era el gas. Para ello se tomarán como punto de referencia tres experiencias concretas que tuvieron lugar en España entre a finales del siglo XIX y principios del XX, buscando extraer de ellas los elementos que contribuyeron a construir, delimitar y perfilar un concepto jurídico de servicio público en la doctrina iuspublicistaespañola del siglo XX. Concretamente, en Sevilla y Almería: se prohibió el monopolio y se fundó la cláusula de progreso. El suministro regular de gas comenzó en Barcelona en 1842, cuando la luz de gas llegó a las Ramblas y, poco después, se creó la Sociedad Catalana para el Alumbrado del Gas. A partir de ese ahí, y a lo largo del siglo XIX, dicha industria fue expandiéndose por España, limitándose al menos y principalmente, a las grandes urbes.

Lo habitual era que el servicio, siendo público, se otorgara en concesión a empresas privadas, siendo además mayoritariamente de capital extranjero.

Uno de los principales puntos de fricción fue el denominado derecho de exclusiva. El concesionario obtenía el derecho a iluminar las calles y edificios públicos de forma exclusiva, lo que suponía, por un lado, la obligación de abastecer de alumbrado en el espacio público a quien lo solicitara si estaba situado a menos de una distancia determinada de las tuberías; y, por el otro, la posibilidad de excluir la actuación de cualquier otra empresa en el mismo territorio. En España, la mayoría de los convenios celebrados en los años cincuenta del siglo XIX incluían ese derecho de exclusiva, provocando la indefensión de consumidores públicos y privados: la estricta aplicación de los criterios civilistas a los contratos impedía, por ejemplo, que los Ayuntamientos pudieran otorgar nuevas concesiones para el alumbrado público por electricidad, a pesar de ser de mejor calidad.

En la actualidad, podríamos aplicar este mismo concepto al resto de servicios que han ido desarrollándose y en la civilización moderna; transportes, telecomunicaciones, alimentación, etc. Lo que me lleva a las conclusiones de la mala gestión sociopolítica y emocional, por el egoísmo de las dobles intenciones de la evolución racional de las personas, de querer controlar todos los servicios y privatizándolos para rentabilizarlos lo máximo posible. En lugar de tener la empatía suficiente para tomar mejores decisiones colectivas, por ejemplo; asumir el trabajo privado con un fin público, dependiendo de las necesidades básicas o terciarias. Para evitar conflictos innecesarios debido a las reclamaciones de las necesidades básicas de la ciudadanía. Y descontextualizado por las falsas promesas.